COVID-19

Presentación de Declaraciones y Autoliquidaciones Impuestos Comunidad Autónoma de Cantabria

Toda la información acerca de los plazos y funcionamiento de la Agencia Cántabra de Administración Tributaria debido a la crisis del COVID19

Por BBM Abogados · · 2 min de lectura

Lo esencial

  • La Orden HAC/09/2020, de 20 de marzo, adopta medidas temporales y excepcionales, como consecuencia del Estado de Alarma, relativas a la PRESENTACIÓN DE DECLARACIONES Y…

Este artículo tiene carácter divulgativo y no constituye asesoramiento legal. Cada situación requiere un análisis individualizado: para valorar tu caso concreto, consúltanos tu caso.

La Orden HAC/09/2020, de 20 de marzo, adopta medidas temporales y excepcionales, como consecuencia del Estado de Alarma, relativas a la PRESENTACIÓN DE DECLARACIONES Y AUTOLIQUIDACIONES DE LOS IMPUESTOS GESTIONADOS POR LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA.

Se amplía en un mes, el plazo para la presentación de las declaraciones y autoliquidaciones del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, sobre Sucesiones y Donaciones, y Tributos sobre el Juego. Todo ello, sin perjuicio de la posibilidad de presentación y pago por medios telemáticos.

Asimismo, la Agencia Cántabra de Administración Tributaria, ha suspendido temporalmente sus canales de atención presencial, garantizando el servicio público mediante los siguientes canales:

TRIBUTOS

actributaria@cantabria.es

Tlf. 942208507 ó 942207573

RECAUDACIÓN

recaudacionejecutiva@cantabria.es

Tlf. 942208957 ó 942208956

TRIBUTOS LOCALES

acat.tributoslocales@cantabria.es

Tlf. 942207642

INSPECCIÓN Y VALORACIÓN

acat.inspeccionvaloracion@cantabria.es

Tlf. 942207576

OFICINA PARA LA DEFENSA DEL CONTRIBUYENTE

acat.defensadelcontribuyente@cantabria.es

942207643

BBM
“Cumplir con Hacienda en plazo, incluso en circunstancias extraordinarias, es la mejor forma de evitar sanciones evitables.”
BBM Abogados, abogados en Santander desde 1990

Preguntas frecuentes

¿Qué impuestos gestiona la Comunidad Autónoma de Cantabria? +

La Agencia Cántabra de Administración Tributaria gestiona, entre otros, el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y los Tributos sobre el Juego, además de los tributos locales que tenga encomendados.

¿Se pueden presentar las autoliquidaciones de forma telemática en Cantabria? +

Sí. La Agencia Cántabra de Administración Tributaria permite la presentación y el pago de declaraciones y autoliquidaciones por medios telemáticos, lo que evita desplazamientos y facilita el cumplimiento dentro de plazo.

¿Qué plazo hay para presentar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones en Cantabria? +

Como regla general, el plazo de presentación del Impuesto sobre Sucesiones es de seis meses desde el fallecimiento. En transmisiones patrimoniales y donaciones los plazos son más breves, por lo que conviene confirmar el plazo aplicable a cada operación antes de autoliquidar.

¿Qué pasa si presento una autoliquidación fuera de plazo? +

Presentar fuera de plazo sin requerimiento previo conlleva recargos por declaración extemporánea y, en su caso, intereses de demora; si media requerimiento, pueden imponerse sanciones. En BBM Abogados, en Santander desde 1990, le ayudamos a cumplir con Hacienda en plazo: llame al 942 36 10 48 o escríbanos en /contacto/.

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Cuéntanos tu situación: nuestro equipo de abogados en Santander estudia tu caso y te dice cómo podemos ayudarte.

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