Despidos e Indemnizaciones

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Tipos de despido

Despido disciplinario

La empresa alega una conducta grave del trabajador (faltas, incumplimientos). Bien hecho no genera indemnización; si no se prueba, es improcedente.

Despido objetivo

Se basa en causas legales (económicas, técnicas, ineptitud). Da derecho a 20 días de salario por año y a preaviso; revisamos que la causa esté justificada.

Despido colectivo (ERE)

Afecta a varios trabajadores por causas económicas, técnicas u organizativas y exige un periodo de consultas con la representación de los trabajadores.

Despido nulo o improcedente

El nulo vulnera derechos fundamentales y obliga a readmitir. El improcedente no está justificado y da derecho a indemnización o readmisión.

El despido es una de las situaciones más comunes a la cual se le debe hacer frente en el derecho laboral. El mismo, supone la terminación de la relación laboral por entera voluntad de la empresa, pero amparada en una disposición normativa que la autorice. Es decir, la empresa decide de forma unilateral que el trabajador ya no seguirá prestando sus servicios para ella.

Ahora bien, este despido puede adquirir diferentes características según la forma en que se haya producido. A su vez, cada una de ellas acarreará consecuencias diferentes; por lo que es de vital importancia que tanto la empresa como el trabajador cuenten con la debida asesoría jurídica al momento de hacerle frente a esta situación.

Visto lo anterior, veamos las diferentes formas de despido en Santander.

Despido improcedente

Como mencionáramos anteriormente, la empresa puede despedir al trabajador, pero siempre deberá alegar alguna de las causales establecidas en la ley para ello. Caso contrario, se estará ante un despido improcedente, lo cual significa que el despido está viciado porque la empresa no cumplió con las reglas establecidas.

Si este es su caso, no dude en contactarnos, pues la ley es bastante clara en señalar que estas situaciones generarán un tipo especial de indemnización hacia el trabajador, la cual deberá ser pagada por la empresa.

En líneas generales, se puede señalar que esta indemnización es de 33 días de salario por cada año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades. Los 45 días de salario por cada año trabajado solo se computan para el tiempo trabajado antes del 12 de febrero de 2012, de modo que a partir de esa fecha rige el cálculo de 33 días por año.

Despido nulo

Al igual que el caso anterior, estamos ante un despido que se encuentra viciado y que por lo tanto puede ser atacado o generará una indemnización. Por su parte, lo que distingue o califica a un despido como nulo es que la empresa, además de terminar con la relación laboral, lo haya hecho por motivos antiéticos, los cuales a su vez afectan garantías constitucionales. Tal es el caso del despido del trabajador por:

❶ Su preferencia, orientación o condición sexual.

❷ Las creencias religiosas que pueda profesar.

❸ La ideología política.

❹ Por encontrarse de permiso maternal o paternal.

❺ Por estar de baja médica ante un accidente laboral o enfermedad ocupacional.

En todo caso, se hace necesario contar con las pruebas de que el despido se haya producido por tales causas. A su vez, nuestro equipo de profesionales está en la capacidad de reunir tales pruebas para iniciar la correspondiente reclamación que, incluso, se puede traducir en la reincorporación del trabajador a su puesto laboral.

Despido objetivo en Santander

Es el tipo de despido al cual acude la empresa cuando se verifican determinadas situaciones contempladas en la ley, que amparan a dicha empresa a dar por terminada la relación laboral. Se le conoce como objetivo, toda vez que para que ocurra no es necesario que el trabajador realice una conducta específica, sino que se verifique una condición determinada en el ejercicio de sus funciones, como lo son:

INEPTITUD

Es decir, cuando el trabajador no realiza su trabajo de forma eficiente o dentro de los parámetros de exigencias establecidos al inicio de la relación laboral. A su vez, es necesario recordar que este tipo de despido sí da acceso al paro.

INADAPTACIÓN

Para entender este supuesto, es necesario señalar que toda empresa adecúa constantemente sus procesos de producción. Ahora bien, si el trabajador no es capaz de adaptarse a tales procesos nuevos, dentro de un período establecido, entonces la empresa puede despedirlo.

OTROS SUPUESTOS ESPECIALES

Existen otras dos causales de despido objetivo:

– Cuando ocurre una de las causales de despido colectivo, pero aplicada de forma individual a un trabajador.

– Si se trabaja para una empresa sin ánimo de lucro y se produce una reducción de la asignación para su funcionamiento, entonces ésta puede reducir la plantilla de trabajadores.

El antiguo despido objetivo por faltas de asistencia justificadas quedó derogado en 2020 y ya no puede alegarse.

Despido disciplinario en Santander

Este despido se produce por una conducta específica del trabajador, la cual es considerada por la ley como sancionable. El mismo tiene las consecuencias legales más severas toda vez que no genera indemnización alguna. No obstante, el trabajador sí puede acceder a la prestación por desempleo (el paro) si reúne los requisitos de cotización exigidos.

INASISTENCIA O RETARDO INJUSTIFICADO

Es el caso típico del trabajador que no asiste al trabajo sin una causa que lo justifique o que llega tarde constantemente dentro de un período verificable.

NO OBEDECER LAS INSTRUCCIONES DE TRABAJO

Todo recinto de trabajo tiene manuales, procedimiento o instrucciones de cómo realizar las actividades laborales. Entonces, cuando estas son incumplidas por un trabajador, la empresa lo puede despedir, pues incluso se estaría poniendo en riesgo la seguridad del resto de los trabajadores.

VIOLENCIA FÍSICA Y VERBAL

Este es el supuesto de cuando el trabajador agrede, ofende o se burla, de forma verbal o escrita, del dueño de la empresa o sus representantes.

ACOSO

En este caso se hace referencia tanto al acoso sexual como laboral (mobbing) del trabajador hacia otros trabajadores o hacia sus supervisores.

OTRAS CAUSALES

– Faltas a la buena fe contractual (confidencialidad)

– Mal rendimiento en las funciones.

– Asistir al trabajo borracho o bajo los efectos de otras sustancias psicotrópicas.

Despido colectivo

Es el tipo de despido que afecta a un número considerable de trabajadores, cuyo porcentaje viene definido por el tamaño de la empresa y el número de trabajadores que ésta posea. En todo caso, la empresa debe demostrar una serie de situaciones, entre las que resaltan las cuestiones técnicas o económicas, para proceder al despido.

De igual manera, la empresa debe realizar una serie de procedimientos frente al sindicato de trabajadores y ante los órganos del Estado previo a proceder con este tipo de despidos.

Sea cual sea tu despido, te ayudamos

Cada tipo de despido tiene sus propias reglas, plazos y consecuencias, y por eso conviene analizar tu caso concreto antes de actuar. En BBM Abogados, bufete en Santander desde 1990, revisamos tu situación y te decimos qué puedes reclamar y en qué plazo.

  • Si tu despido no está justificado, la vía principal es el despido improcedente, donde reclamamos la indemnización que te corresponde.
  • Si formas parte de un despido colectivo, consulta cómo funciona un ERE.
  • Antes de firmar nada, deja que revisemos tu carta de despido: un defecto de forma puede jugar a tu favor.

Recuerda que solo dispones de 20 días hábiles para reclamar. Haz una primera estimación con nuestra calculadora de indemnización por despido y después cuéntanos tu caso.

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El proceso, paso a paso

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    Revisamos tu carta de despido

    Analizamos la causa, la forma y la fecha para detectar defectos que jueguen a tu favor.

  2. 2

    Reclamamos en plazo

    Solo tienes 20 días hábiles. Presentamos la papeleta de conciliación a tiempo.

  3. 3

    Acto de conciliación

    Intentamos un acuerdo con la empresa para cobrar sin necesidad de juicio.

  4. 4

    Juicio en el Juzgado de lo Social

    Si no hay acuerdo, defendemos tus derechos ante el juez hasta el final.

Beneficios de contar con BBM Abogados

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Respuesta ágil

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¿Qué dicen nuestros clientes?

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¿A quién atendemos en Santander y Cantabria?

Desde nuestro bufete en el centro de Santander ofrecemos cobertura y defensa legal integral a clientes de toda Cantabria:

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Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar un despido? +

El plazo es de 20 días hábiles desde la fecha de efectos del despido. Es un plazo de caducidad muy corto, por lo que conviene contactar con un abogado de inmediato.

¿Qué indemnización me corresponde por un despido improcedente? +

Con carácter general, 33 días de salario por año trabajado (45 días para el tiempo trabajado antes de 2012), con un máximo de mensualidades según tu antigüedad. Calculamos tu cifra exacta al estudiar tu caso.

¿Qué diferencia hay entre despido objetivo, disciplinario e improcedente? +

El despido objetivo y el disciplinario son las causas que alega la empresa. Si esa causa no se justifica o el procedimiento tiene defectos, el despido se declara improcedente y da derecho a indemnización.

¿Pueden despedirme estando de baja? +

Un despido durante una baja médica o en situaciones especialmente protegidas (como el embarazo) puede declararse nulo, lo que obliga a la empresa a readmitirte. Valoramos tu caso concreto.

¿Qué diferencia hay entre el finiquito y la indemnización? +

El finiquito liquida lo que la empresa te debe al terminar el contrato (salario pendiente, vacaciones no disfrutadas, parte proporcional de pagas). La indemnización es una cantidad adicional que corresponde según el tipo de despido. Antes de firmar el finiquito conviene revisarlo, porque la firma puede tener efectos sobre tus reclamaciones.

¿Qué es un despido colectivo o ERE? +

Es el despido que afecta a un número relevante de trabajadores por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción. Exige un periodo de consultas con la representación de los trabajadores y un procedimiento específico. Consulta también nuestra página sobre [ERE](/eres/).

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En BBM Abogados ponemos a tu disposición un equipo con más de 30 años de experiencia para asesorarte y defender tus intereses con cercanía, rigor y resultados en toda Cantabria.

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